¡Plan B parte 1 fuera!

La SCJN rechaza las modificaciones a las leyes de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas que propone el Plan B

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la primera parte del plan b de reforma electoral.

Este incluye las modificaciones a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas promulgadas el 27 de diciembre del año pasado.

Esta decisión se tomó por considerar que hubo violaciones graves al proceso legislativo, que afectaron el principio democrático de deliberación y participación de todas las fuerzas políticas.

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¿Qué es el plan b de reforma electoral?

El plan b de reforma electoral es el nombre que se le dio al conjunto de iniciativas que presentó el presidente Andrés Manuel López Obrador ante el Congreso de la Unión.

Después de que se rechazara su propuesta original de consulta popular para revocar el mandato presidencial y reducir el financiamiento a los partidos políticos.

El plan b buscaba modificar diversas leyes para regular la propaganda gubernamental, sancionar las faltas administrativas graves, fortalecer la fiscalización de los recursos públicos y garantizar la equidad en la contienda electoral.

¿Por qué la SCJN invalidó la primera parte del plan b?

La SCJN invalidó la primera parte del plan b por considerar que se le dio un trámite de urgente y obvia resolución sin justificación alguna.

Esto impidió una adecuada deliberación y publicación de la iniciativa en el Diario de los Debates.

Además, se señaló que se violó el derecho de los grupos minoritarios a participar en igualdad de condiciones en el proceso legislativo. 

El ministro Alberto Pérez Dayán, ponente en este asunto, explicó que “no es un permiso para aprobar leyes a tientas”.

¿Qué consecuencias tiene esta decisión para la reforma electoral?

La decisión de la SCJN implica que las reformas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas quedan sin efecto y se mantienen vigentes las normas anteriores.

Sin embargo, esto no significa que la SCJN haya emitido un juicio sobre el contenido o la constitucionalidad de las reformas.

Sino solo sobre el procedimiento legislativo. 

La ministra Margarita Ríos Farjat aclaró que:

“siempre existe la posibilidad de que esas normas contengan cuestiones positivas para el orden jurídico” y que podrían ser presentadas nuevamente siguiendo los cauces adecuados.

La SCJN aún tiene pendiente resolver sobre la segunda parte del plan b.

Que incluye las reformas a las leyes generales del Sistema Nacional Anticorrupción, del Instituto Nacional Electoral y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Estas reformas también fueron impugnadas por diversos actores políticos y sociales por considerar que vulneran la autonomía e independencia de los órganos electorales y anticorrupción.

FuenteUno TV