Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono

CAMe mantiene contingencia ambiental en el Valle de México. ¿Qué medidas se deben seguir?


La Zona Metropolitana del Valle de México mantiene la Fase 1 de la Contingencia de Emergencia Ambiental Atmosférica por Ozono por condiciones desfavorables. Informa la CAMe. combinado con alta radiación solar y vientos débiles favorecen altas concentraciones.

En su informe señaló que a las 4 PM las estaciones de monitoreo Pedregal tenían 171 y 169 ppb. A las 17:00 horas, las concentraciones en las estaciones Pedregal, Cuajimalpa y Miguel Hidalgo fueron de 164, 162 y 155 ppb, respectivamente.

Por lo anterior, la CAMe indicó que mañana se seguirán registrando las condiciones que conducen al estancamiento de los contaminantes precursores del ozono. Por lo que se recomienda a los habitantes del Valle de México seguir los consejos y estar atentos a los nuevos reportes que se darán a conocer próximamente. Publicado el viernes 24 de febrero a las 10:00 a.m.

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A las 15:00 horas de este jueves, debido a que la concentración de ozono en la estación de monitoreo Ajusco Medio fue la más alta con 155 ppb, la CAMe activó la tarde de este jueves la Contingencia del Plan de Emergencia Ambiental Atmosférica por Ozono para la Zona Metropolitana del Valle de México. Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México.

En un comunicado, la CAMe señaló que la radiación solar fue alta durante el día y la estabilidad atmosférica provocada por los sistemas de alta presión afectó al centro del país. Estas condiciones, combinadas con vientos débiles del suroeste dentro del Valle de México, dieron como resultado el estancamiento de los contaminantes y una alta formación de ozono.

Por ello, se puso en marcha la Fase 1 de Emergencia Ambiental por Ozono de conformidad con el Plan para la Prevención y Atención de Emergencias Ambientales Atmosféricas emitido por los Gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México para reducir la exposición de la población al aire contaminado y los riesgos que afectan su salud. ; y para reducir la producción de contaminación y la posibilidad de que mañana vuelvan a producirse altas concentraciones de ozono.

Medidas y recomendaciones para la población por la Contingencia

Evitar actividades cívicas, culturales y recreativas, y evitar el ejercicio al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas.

  • Suspensión de cualquier actividad al aire libre organizada por instituciones públicas o privadas entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Consejos para posponer eventos al aire libre, deportivos, culturales o grandes espectáculos programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • No se recomienda fumar, especialmente en espacios cerrados.
  • Facilitar y continuar el teletrabajo, las compras y los trámites online para reducir los desplazamientos.
  • Evitar el uso de ambientadores, aerosoles, pinturas, productos impermeabilizantes o productos que contengan disolventes.
  • Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
  • Comprobación y reparación de fugas en instalaciones de gas doméstico.
  • Reduzca el uso de combustible en su hogar cortando las duchas a un máximo de cinco minutos y usando recipientes tapados cuando cocine.

Además de estas medidas, por contingencia CAMe restringe la circulación del tráfico y deberá suspender la circulación de 5:00 am a 10:00 pm:

  • Vehículo personal con holograma de verificación 2.
  • Vehículos particulares con holograma de verificación Clase 1 con último dígito 0, 2, 4, 6, 8 y 9, y vehículos con matrícula compuesta únicamente por letras.
  • Vehículo personal con holograma de verificación “0 y 00”, pegatina azul, matrícula terminada en 9 y 0.
  • Unidades sin holograma de verificación, tales como autos usados, vehículos de demostración o transferencia, autos nuevos, vehículos con pase turístico, placas extranjeras o placas compuestas por letras, aplican las mismas restricciones que para los vehículos con holograma. 2″.
  • Limitar el 50% de las unidades dispensadoras de GLP que circulan a tanques estacionarios sin válvulas de desconexión en seco con terminación registrada PAR.
  • Los vehículos de carga locales o federales están fuera de circulación entre las 6:00 am y las 10:00 am, excepto los vehículos de los esquemas de autorregulación de la CdMx o Edomex.
  • Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” deberán dejar de operar de acuerdo a los incisos a), b) yc) y estarán restringidos de 10:00 am a 6:00 pm. 10:00 pm.

Las exenciones a estas medidas por contingencia se aplican a:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, vehículos con ecoplacas u hologramas exentos.
  • Vehículos con holograma “00” o “0”, independientemente de su finalidad, excepto vehículos con pegatinas azules, placas terminadas en 9 y 0.
  • Vehículos de uso particular en situaciones manifiestas y de urgencia para atender emergencias médicas (incluidos los vehículos que transporten personas que acudan a vacunaciones COVID-19 y que lleven fichas de cita).
  • Los taxis podrán circular de 5:00 am a 10:00 am los días restringidos del Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que lleven, para apoyar el movimiento de población.
  • Vehículos de servicio urbano destinados a prestar servicios de emergencia, urgencias médicas, sanidad, seguridad ciudadana, bomberos, salvamento, protección civil, vigilancia medioambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las normas vigentes de verificación de vehículos, con los hologramas y autorizaciones correspondientes.
  • Vehículos para cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios con holograma de autenticación válido.
  • Vehículos inválidos que estén exentos de Hoy No Circula por Discapacidad, Holograma de Invalidez o Matrícula de Invalidez según la entidad correspondiente.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos con la debida autorización, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, gasóleo y GLP).
  • Vehículos con tarjeta de circulación para transporte público de pasajeros y servicios turísticos (vans, microbuses y buses) con placas federales o locales, en cumplimiento de las normas de validación vigentes.
  • Vehículos que forman parte del programa Paisano y autorizados en consecuencia.
  • Vehículos que transporten mercancías o productos perecederos en instalaciones con sistemas de refrigeración e instalaciones de hormigonado.
  • Las motocicletas están exentas de la primera etapa.

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Las restricciones industriales federales y locales por contingencia son las siguientes:

  • Las fuentes fijas de manufactura en jurisdicciones federales o locales con procesos que generen precursores de ozono reducirán en un 40% las emisiones de precursores de ozono, y además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrasado que produzcan emisiones fugitivas de VOC.
  • La refinería “Miguel Hidalgo” en Hidalgotura no operará a más del 75% de la capacidad total de procesamiento, reduciendo la capacidad de combustión de los calentadores y calderas a fuego directo de la planta de procesamiento y generación.
  • La central térmica “Francisco Pérez Ríos” en Hidalgotura ha tenido una reducción del 30% en el consumo de combustible.
  • Suspensión de las actividades de cocción asociadas a la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos convencionales.

Las limitaciones del servicio por contingencia son las siguientes:

  • Suspensión de actividades que generen emisiones fugitivas a la atmósfera por el uso de disolventes y pinturas en comercios y servicios (por ejemplo, el uso de diluyentes, aguarrás, pinturas, lacas, barnices, tintas u otro tipo de pinturas en base disolvente) .
  • Suspensión de las actividades de las empresas que utilicen madera o carbón como combustible y no cuenten con equipos de control de emisiones.
  • Suspensión de actividad en el 20% de las estaciones de carburador. Eexcepto aquellas con válvulas de desconexión en seco, para acomodar la consolidación de grupos identificados por ASEA. Aplicar la primera fase al grupo 3.
  • Suspensión de actividades en el 20% de las plantas de distribución de GLP. Excepto aquellas con válvulas de desconexión en seco para transferencia de combustible, llenado de tanques y llenado de cilindros. Para adaptarse a la consolidación de grupos identificados por ASEA. Aplicar la primera fase al grupo 3.
  • Suspensión de las tareas de mantenimiento, reparación y traslado que impliquen la liberación de hidrocarburos a la atmósfera. Excepto en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de gas licuado del petróleo y petróleo.
  • Suspensión del 20% de las operaciones de las estaciones de servicio (gasolinera), con excepción de los sistemas de recuperación de vapor con una eficiencia mínima del 90%. Con base en la última opinión operativa vigente y consolidación de grupo determinada por ASEA. Aplicar la primera fase al grupo 3.
  • Reducir en un 50% la operación de calderas sin sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en comercios y servicios, excluyendo hospitales.